miércoles, 12 de diciembre de 2007

¡Cuidado! Estamos viendo lo que haces

ESTAMOS SIENDO GRABADOS CONTINUAMENTE


Colegios e institutos, taxis, urbanizaciones, hoteles, piscinas, aparcamientos, garajes privados, supermercados, bancos, el metro, el tren, el autobús, la empresa en la que trabaja... cada vez son más los lugares en los que su imagen queda grabada.
Para prevenir el acoso escolar, para controlar que nadie le raye el coche, para ver quién entra en su urbanización... los motivos para vigilar son inagotables.
Como el rastro de información personal que deja el vigilado. Y con Internet, todo puede acabar después en cualquier ordenador. Lo que fue grabado con fines de seguridad sirve, finalmente, para satisfacer la curiosidad y el gusto por ver lo que hace el vecino a través del ojo de la cerradura.
Y buena parte de lo grabado puede aparecer después en sitios Opentopia, una página de Internet que capta y cuelga webcams de todo el mundo. Este domingo, en la lista de cámaras grabando y perfectamente visibles, aparecían 17 españolas.

EL CASO CHINO

El caso más espectacular, internacionalmente, es el de la ciudad china de Shenzhen, donde 220.000 cámaras vigilan e identifican a todos los ciudadanos por las facciones de su rostro.
Poco a poco, cámara a cámara, Shenzhen ha ido cayendo en manos de un omnipresente 'Gran Hermano'. No se trata de la frivolidad de los programas de televisión de moda o de la revelación de las intimidades de aspirantes a la fama instantánea.

Detrás del objetivo que observa a los 12 millones de habitantes de esta capital financiera del sur de China se encuentra la mayor y mejor organizada dictadura del mundo. Desde ahora, armada con las últimas tecnologías.

Fue en Shenzhen donde el régimen chino ensayó por primera vez su apertura económica a finales de los años 70 y es aquí donde ha puesto en marcha su proyecto de 'vigilancia total'.
Las primeras cámaras empezaron a ser instaladas a finales de los años 90 dentro de la lucha contra la delincuencia. Sin apenas publicidad, y a menudo en secreto, las autoridades han ido ampliando su control hasta desarrollar el mayor y más avanzado intento de controlar a una población a través del vídeo.
LA SITUACIÓN EN ESPAÑA
El director de la Agencia de Protección de Datos española, Artemi Rallo, habló la semana pasada en el Congreso de la existencia de un "desarrollo imparable" de la videovigilancia privada.
Los sistemas instalados y comunicados a la Agencia han pasado de 10 en 2003 a 3.500 en 2007. Algunos de ellos, como el del metro de Madrid, suponen más de 3.000 cámaras instaladas. Y hay muchos más sistemas de los que se notifican a las autoridades.

En cualquier gran avenida del centro de una ciudad se pueden contar por centenares. Todo parece indicar, en palabras de Rallo, "que somos los propios ciudadanos los que estamos dispuestos a convertirnos en nuestro propio Gran Hermano".

No hacen falta grandes discursos de las autoridades sobre seguridad y terrorismo para convencer a la población de la utilidad de las cámaras en las calles. Al parecer, los ciudadanos ya hemos decidido, y queremos grabarlo todo.Escribe Mónica C. Belaza en El País que no hay ley que regule la videovigilancia privada, lo que no significa de que no haya límites ni orden en esta materia.

Se aplican la Ley de Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen, la Ley de Protección de Datos, la Ley de Seguridad Privada y, sobre todo, una instrucción de diciembre de 2006 de la Agencia de Protección de Datos específica sobre el tema.




LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA




Con esta normativa en la mano, ¿quién y cómo puede tomar estas imágenes? ¿Para qué? ¿Cómo debe usarlas? ¿Por cuánto tiempo puede guardarlas? ¿Puede cederlas? Algunas de estas cuestiones están claras. Otras, se van configurando con cada caso concreto.
Cuando las cámaras captan imágenes pero no las guardan, las cuestiones que suscitan son menores, aunque en todo caso la persona tiene derecho a saber que le están grabando.

El problema surge cuando quedan almacenadas, porque constituyen ficheros de datos de carácter personal que, de forma obligatoria, deben notificarse a Protección de Datos.
Las cámaras pueden instalarse sólo cuando la vigilancia "no se pueda obtener por medios menos intrusivos para la intimidad de las personas".

Este primer requisito es poco restrictivo, ya que casi en cualquier situación se puede argumentar que la mejor forma de control es a través de la videovigilancia.
En segundo lugar, debe haber un distintivo, suficientemente visible, que informe a los ciudadanos de modo "expreso, preciso e inequívoco", según la normativa, de que van a ser grabados.

El cartel tiene que indicar también quién es el responsable de la grabación y cuáles son los derechos de los observados. Esta norma se incumple de forma sistemática.
Tercer requisito. En ningún caso se puede grabar el espacio público. Es decir, si un banco controla un cajero automático o una comunidad de vecinos la entrada de su urbanización, tendrán que conseguir, aunque sea tapando parte de la cámara, que no se grabe nada de lo que pasa fuera de sus dominios.
Además, los particulares, o empresas, no pueden ponerse a grabar donde les parezca oportuno. Deben contratar a una empresa de seguridad privada autorizada por el Ministerio del Interior para que gestione el sistema. Los taxis, por ejemplo, deben hacerlo así si quieren colocar cámaras para evitar agresiones.

Un ciudadano que veía que su coche aparecía muchas mañanas dañado decidió colocar por su cuenta una cámara en el garaje. La propia policía se lo aconsejó, pero fue multado con 1.200 euros por la Agencia de Protección de Datos.
También se abrió un expediente cuando los vecinos de la calle de la Montera, en Madrid, decidieron grabar a las prostitutas y a sus clientes en la zona y colgar las imágenes en YouTube. El caso está pendiente de resolución.

Las imágenes tienen que ser borradas en el plazo de un mes. No pueden almacenarse para siempre. Y, desde luego, cederlas a terceros o colgarlas en Internet está absolutamente prohibido.
Volviendo al caso de Opentopia, abogados y Protección de Datos coinciden en que se trata de una auténtica aberración contra la intimidad de los ciudadanos.

A la videovigilancia en el ámbito laboral se le aplica el Estatuto de los Trabajadores. El empresario puede instalar cámaras para controlar que los empleados cumplen con sus obligaciones y por razones de seguridad laboral, pero tiene que velar por garantizar la intimidad.
Los trabajadores tienen que saber dónde están las cámaras, la finalidad de las imágenes tiene que estar tasada y no se pueden ceder a terceros salvo que así lo recoja la ley -como en los casos de colaboración con la policía y Guardia Civil-.

¿Cuáles son sus derechos como ciudadano permanentemente observado? Puede, en todo caso, denunciar ante Protección de Datos cualquier incumplimiento. Si no hay cartel que indique que le están grabando, o no es completo, lo puede poner en conocimiento de las autoridades.
Las sanciones van desde los 600 a los 60.000 euros. Y si aparece en un sitio web, puede acudir al propietario del sitio, al buscador o incluso a los tribunales.

El británico Jeremy Bentham creó en 1791 un sistema de vigilancia carcelaria: el panóptico. La idea era que los presos nunca supieran si les estaban vigilando o no en ese momento, para que siempre se comportaran bien.

La falta de información a los ciudadanos sobre la vigilancia a la que están siendo sometidos está creando un panóptico universal e incontrolado en el que centenares de miles de cámaras vigilan, unas veces avisando y otras no, todo lo que sucede. Un mundo de paredes de cristal. Porque además de las cámaras privadas, los Estados observan por su cuenta.

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