La aprobación de la Ley de Presupuestos ha ampliado de manera sustancial la clasificación actual de familias numerosas. Hasta ahora, se considera familia numerosa aquella que cuenta con tres hijos a cargo o dos de los cuales algún miembro tenga algún tipo de minusvalía.
A partir de ahora, también se considerará familia numerosa la familia monoparental con dos hijos a cargo. Esta figura de familia está muy extendida por toda nuestra geografía. Basta con que miréis la cantidad de parejas separadas o divorciadas con dos hijos, por ejemplo.
Las ventajas que tiene ser familia numerosa son diversas: las tasas de matrícula en centros educativos y universidades son menores, existen ventajas a la hora de adquirir un vehículo, preferencia para optar a cualquier ayuda pública, descuentos en Renfe o autocares…
Si nos encontramos en estas circunstancias familiares, para que sea reconocido este derecho, se tiene que cursar la solicitud a los distintos departamentos, consejerías u organismos que tramiten las políticas sociales de nuestra comunidad autónoma.
En este enlace proporcionado por la web 060, tenemos acceso a las solicitudes de las comunidades de Asturias, Canarias, Cataluña, Ceuta, Extremadura, Madrid y Valencia. Para el resto de comunidades, visitad las correspondientes páginas de Servicios Sociales o similares.
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